Se debe constituir mediante la escritura pública tal como lo dispone el artículo 2434 del código civil.
El artículo 2435 del código civil exige qu la escritura de la hipoteca se inscriba en el registro de instrumentos públicos, y advierte que sin ese requisito la hipoteca notiene validez alguna: 

«La hipoteca deberá además ser inscrita en el registro de instrumentos públicos; sin este requisito no tendrá valor alguno; ni se contará su fecha sino desde la inscripción.»

La no inscripción de la hipoteca no afecta el contrato principal, pero este se queda sin garantpia hasta tanto no se inscriba la hipoteca.

 

Se da cuando el hijo cumple la mayoría de edad o en su defecto cuando se cumplen los requisitos legales se extenderá hasta los 25 años.
Para la exoneración es necesario presentar solicitud ante el despacho judicial.

Se puede generar de manera consensuada mediante acuerdo de conciliación en el cual se fijara la cuota en común acuerdo dejando un acta que prestara merito ejecutivo, esto quiere decir que ante incumplimiento podrá recurrirse a instancias judiciales para su cumplimiento.

Además se puede dar por orden judicial del cual podrá embargarse el sueldo hasta el 50% sobre el salario que devengue, en caso de no tener empleo la ley indica que partirá a base de un salario mínimo y eso será lo que se descuente.

Es una forma de constituir una familia sin necesidad de casarse.
Es una unión libre y consentida entre dos personas que conviven sin ningún vínculo matrimonial.

Se puede declarar legalmente esta unión de 3 formas:

    • Ante un notario, por medio de la escritura pública y mutuo consentimiento.
    • Ante un centro de conciliación, mediante un acta.
    • Por sentencia judicial

Es un proceso declarativo mediante el cual el demandante solicita al juez que emita sentencia declarando a su favor la pertenencia de un bien.
Procede cuando el demandante cree haber adquirido la propiedad del dominio por prescripción.

Los salarios y prestaciones sociales pueden ser objeto de mebargo por obligaciones incumplidas por los trabajadores, en los casos y con limitaciones que considere la ley.

Si ganas más de un mínimo se puede embargar hasta un 20% (5ta parte) del salario.

Si se gana solo un salario mínimo solo se podrá embargar en dos situaciones:

    • Incumplimiento a cooperativas.
    • Deudas por pensiones alimenticias.

Es todo aquello indispensable para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.
Lo que comprende:

    • Sustento
    • Habitación
    • Vestido
    • Asistencia médica
    • Recreación
    • Educación
    • Gastos de embarazo y parto de la madre

Esta cuota es fijada de acuerdo a la capacidad económica de cada padre y madre, entre otros.